Arregui, Alejandro - Bienes Personales
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3 de mayo de 2013
,por Arregui, Alejandro
El socio de un SA efectua un aporte de $ 55.000 en caracter de reserva facultativa y se registra en el patrimonio neto de la S.A.
Para bienes personales. ¿Qué ocurre con la reserva facultiva, esta exenta para el socio que la aportó, o se expone en bienes personales como credito gravado?
En rigor de verdad, las reservas (legal, facultativa, etc.) se constituyen con ganancias o beneficios obtenidos y "reservados" como su nombre lo indica. En el caso de un aporte que efectúa un socio a una S.A. más que una reserva, parecería tratarse de un aporte irrevocable. No obstante,... >
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13 de enero de 2012
,por Arregui, Alejandro
Una empresa argentina, cuyo principal accionista es una sociedad chilena (90% de participación). ¿Cómo debe tributar el impuesto sobre los bienes personales y participaciones sociales en virtud del convenio para evitar la doble imposición firmado con Chile? ¿Está exenta el 90% de la participación del socio chileno?
Conforme la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales, el gravamen correspondiente a las acciones o participaciones en sociedades regidas por la Ley 19.550 (de sociedades comerciales), cuyos titulares sean personas físicas domiciliadas en el país o en el... >
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7 de septiembre de 2011
,por Arregui, Alejandro
Se trata de una sociedad extranjera cuya casa matriz, hizo aporte de capital, y la filial local adquirio cesiones de creditos, pero son mandamientos de custodia de valores una figura de mandato financiero, para bienes y participaciones se la incluyo en creditos por su valor de probable realizacion. El costo se mando a Resultado y la duda y la esencia de la pregunta es el valor que se custodia es una suma que no se incluye en ningún lado, porque no tiene realización y no configura credito cierto, es un hecho aleatorio según me informaron en el Banco Central son valores de resultado... >
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